César Eugenio San Martín Castro

Fuente/Source: prohibidoparacaviares.com


Juez San Martín


César Eugenio San Martín Castro


César Eugenio San Martín Castro nació en Lima el 30 de diciembre de 1955. Estudió derecho y ciencias políticas en la Universidad Mayor de San Marcos, graduándose el 24 de abril de 1978. En 1990 finalizó su maestría en Ciencias Penales en la misma universidad.[1]
Cesar San Martín se desempeñó como empleado de la Corte Superior de Justicia del Callao desde 1976 hasta 1979. Luego, entre 1979 y 1981, estuvo trabajando en la Sala Civil de la Corte Superior como relator titular. Sin embargo para 1981, fue Juez Instructor Provisional del 1° Juzgado de Instrucción del Callao hasta finales de 1982. Los siguientes siete años, desde 1983 hasta 1989, fue Juez Instructor Titular del 21° Juzgado de Instrucción de Lima. A Inicios de 1989 estuvo trabajando como Vocal Titular de la Sala de anti-terrorismo de la Corte Superior de Lima hasta 1992, año en que se dio el autogolpe fujimorista y fue cesado.[2]
En 1993 fue miembro de la sala anti-terrorista, y participó en el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo del Perú (PNUD), específicamente en el Programa de Gerencia Técnica,  como Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia. Ese mismo año fue asignado a diferentes comisiones jurídicas en el ámbito de Derecho Procesal Penal. En 1994 integró el Estudio Benítez, Mercado y Ugaz como abogado asociado. Para el año 2000 pasó a ser socio principal. Sin embargo, al reincorporarse a la judicatura renunció al Estudio.[3]
En marzo de 2004 retornó al Poder Judicial, al ser nombrado Vocal de la Corte Suprema de Justicia por el Consejo Nacional de la Magistratura. En el 2005 es elegido miembro del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, designado por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia.[4]
Cesar San Martín se hizo popular en el 2007 como presidente de la sala que juzgó al ex-mandatario Alberto Fujimori. Actualmente, Cesar San Martín se desempeña como presidente de la Corte Suprema de Justicia, asumiendo al mismo tiempo la presidencia del Poder Judicial.

¿Por qué fue cesado César San Martín en 1992?
Cuando Alberto Fujimori asumió la Presidencia del Perú, el poder judicial y el sistema de justicia en general, eran un caos. Los casos tomaban años en resolverse, ya sea por huelgas del sector, vacaciones de los magistrados o arreglos debajo de la mesa con los imputados. Se decidió cambiar por completo este anormal funcionamiento de la administración de justicia. Con la legislación vigente en esa época, el Poder Judicial era incapaz de juzgar a los terroristas ya que los jueces se morían de miedo y, simplemente, no se atrevían a sentenciar, ya que eran amenazados de muerte por los terroristas junto a sus familias[5]
La idea era lograr una mejor conducción del Poder Judicial, y por ello se promulgó la Ley Orgánica del Poder Judicial que entró en vigencia el 1° de enero de 1992, con la denominación de “Consejo de Gobierno.” Había un Consejo de Gobierno del Poder Judicial y Consejos de Gobierno de los Distritos Judiciales como órganos subordinados a las Salas Plenas, algunas de cuyas funciones les fueron transferidas. La idea era lograr una mejor conducción del PJ logrando una adecuada administración de recursos y mayor capacidad técnica para la toma de decisiones. A los pocos meses de entrar en vigor la ley, se produjo la ruptura del orden constitucional decretada por Alberto Fujimori.[6]
Fujimori aprobó el 26 de noviembre de 1992 un Decreto Ley modificando varios artículos. Se cambió la denominación de Consejo de Gobierno por el de Consejos Ejecutivos (el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y los Consejos Ejecutivos Distritales), dejándolos con atribuciones predominantemente administrativas.[7]
En la actualidad el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está integrado por el Presidente de la Corte Suprema, quien lo preside y tiene voto dirimente; dos Vocales Supremos Titulares elegidos por la Sala Plena; un Vocal Superior Titular elegido por los Presidentes de las Cortes Superiores del país; un Juez Titular Especializado o Mixto y un representante elegido por la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú (artículo 81° LOPJ, modificado por la Ley 27465).[8]
En el caso especifico de César San Martín, a inicios de 1989 estuvo trabajando como Vocal Titular en la Sala anti-terrorista de la Corte Superior de Lima hasta 1992 cuando fue separado en un proceso de limpieza que se realizó en el Poder Judicial, sacando a jueces y magistrados corruptos. También fue cesado por liberar a personas investigadas y sentenciadas por terrorismo mientras se dedicaba a acusar a miembros de las fuerzas armadas por aplicar mano dura en sus tácticas de combate contra los violentistas. Lo mismo ocurrió con muchísimos jueces en esa época.[9]
Es importante recalcar que San Martín retornó al Poder Judicial, después del 5 de abril de 1992 por orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la misma que ordenó liberar terroristas. Durante el tiempo que estuvo cesado, se dedicó primero al ejercicio como abogado, después fue asesor de Carlos Hermosa Moya, paradójicamente ministro de Justicia fujimorista, y después integró el estudio del entonces procurador José Ugaz, quien fue contratado por el propio Fujimori. También trabajó como asesor del ministro Fernando Vega Santa Gadea, hasta diciembre de 1995, y estuvo a cargo de revisar y corregir toda la legislación antiterrorista.[10]
Dato Curioso: Santiago Fujimori, hermano del entonces Presidente Alberto Fujimori reveló al Diario Perú 21 siguiente:. “Después del 5 de abril de 1992, una de las preocupaciones era la lucha contra el terrorismo. Pero con la legislación vigente, el Poder Judicial era incapaz de juzgar ya que los jueces se morían de miedo y, simplemente, no sentenciaban. Cierto día, mi hermano (Alberto) me entrega un proyecto de ley antiterrorista que, supuestamente, fue elaborado por Vladimiro Montesinos. Me encargó que lo revisara y yo, inmediatamente, se lo pasé a Vega, entonces ministro de Justicia, quien ya tenía como asesor a César San Martín. Al día siguiente, Fernando Vega me llama y me dice: “Oye, Santiago, ¿quién ha hecho este adefesio? No me lo digas, ya me lo imagino.” El asunto es que el equipo de Fernando Vega corrigió totalmente ese proyecto, de manera que es mentira que Montesinos haya hecho la legislación antiterrorista. Parece que San Martín se ha olvidado de eso.”[11] Lo cierto es que fue San Martín quien elaboró el mencionado proyecto de Ley.
César San Martín benefició a terroristas:
El congresista Juan José Díaz de la bancada Fuerza 2011, denunció que, si bien es cierto que la flexibilidad penitenciaria que se les otorgó a los terroristas se dio durante el gobierno del presidente Alejandro Toledo, uno de los artífices de la controvertida ley (Decreto Legislativo 927) es el actual presidente del Poder Judicial, César San Martín.
Señaló que San Martín, integró el comité consultivo que, en 2003, elaboró el dispositivo que regula la ejecución penal en materia de delitos de terrorismo y que, entre sus “bondades”, otorga la liberación condicional y la redención de la pena por el trabajo y el estudio.[12]
“San Martín miente u olvida porque le conviene cuando culpa al Congreso de aprobar leyes para liberar a terroristas”, indicó Díaz. Agregó que el ahora magistrado sacó adelante esta norma, “que ayudó a salir a los terroristas que ahora se disfrazan de luchadores sociales.”[13]
A TENER EN CUENTA
El Decreto Legislativo 927 fue promulgado el 14 de octubre de 2009. Algunos terroristas se acogieron a él.[14]
Controvertido Juicio Contra el ex-presidente Alberto Fujimori
El congresista fujimorista Rolando Souza, reveló al diario Correo unos e-mails entre el vocal César San Martín y el abogado Gonzalo del Río Labarthe, esposo de la periodista de RPP, Patricia del Río, que tienen como fecha el 17 de abril de 2008 (casi un año antes del fallo condenatorio a Fujimori) que demostrarían que la sentencia al ex mandatario estuvo direccionada desde un comienzo.[15]
Según Correo, Del Río Labarthe le informa a San Martín que se ha reunido con expertos del Departamento de Derecho Penal de la Universidad de Alicante en España para recibir ideas “respecto de la posición dogmática en el caso Barrios Altos y La Cantuta”. Souza señaló que los especialistas serían Antonio Doval, vicerrector de Ordenación Académica de la Universidad de Alicante (UA); Victoria del Mar Carrasco, vice-decana de la Facultad de Criminología de la UA; y Carmen Juanatey, abogada criminóloga.[16]
En la misma conversación, Del Río le dice a San Martín que la tesis de la Fiscalía en orden a la estructura vertical de la organización es fatal: la estructura vertical de la organización implicaba que Alberto Fujimori como cabeza de la organización y quien tiene el control y dominio de la misma diera la orden de la ejecución de las operaciones. Esto es INNECESARIO. El dominio tiene que ver con la creación, dotación de medios, control, diseño y estructura de un grupo de aniquilamiento, que en su fase operacional puede tener cierto grado de autonomía.[17]
Según San Martín, para que un juez forme su opinión, puede recurrir tanto a fuentes bibliográficas como a consultas con colegas y juristas.[18] La pregunta sería si esto es así, ¿es correcto consultar tan detalladamente?
Autoria Mediata:
En su denuncia inicial, Sousa mostró que había demasiada coincidencia entre los “consejos” de Labarthe y la sentencia a Fujimori, pues en una parte del e-mail dirigido a San Martín se le dice puntualmente qué posición debe tomar el tribunal: “El título es claro, “autoría mediata,” y el debate discute sobre la ajenidad del imputado frente a la organización. El tribunal no debe verificar una o varias órdenes si éstas no son necesarias en orden a identificar la participación del imputado”, se lee en el e-mail.[19]
Cabría recordar además que en otro punto del correo electrónico critican a la Fiscalía y alertan al tribunal sobre algunos aspectos de la acusación: “Ojo, que insistir tanto en que Fujimori es el Jefe Máximo, que es lo que hace la Fiscalía, es un arma de doble filo. Es el Jefe Máximo del Estado, la organización criminal depende de él parcialmente, tiene su propio Jefe, pero él es un cooperador necesario”, le escribe Del Río a San Martín en base a la opinión de los especialistas españoles.[20] Quiere decir, que, si no encuentran el eslabón perdido o la prueba contundente que Fujimori dio la orden, el juicio se venía abajo.
Luego, Del Río indica que “el título es claro, “autoría mediata,” y el debate discute sobre la ajenidad o proximidad del imputado (Fujimori) frente a la organización. El tribunal no debe verificar una o varias órdenes”. Ante esto, San Martín expresó que el concepto de autoría mediata es ampliamente discutido y aseguró que la sentencia contra Fujimori no recogió las recomendaciones de los catedráticos españoles.[21]
Sin embargo, Souza muestra un párrafo del correo que dice lo siguiente: “Por lo que más se inclinan los profesores fue por una cooperación necesaria. Podemos ubicar dos esferas. Una, en la que Fujimori es el superior jerárquico de la organización (…) Otra en la que en su calidad de Presidente, favorece la creación de la organización y los dota de medios para su actuación. A todos les parece mejor esta última hipótesis.”[22]
El congresista fujimorista denunció que el párrafo 673 de la sentencia contra Fujimori recoge la opinión de los juristas españoles cuando ni siquiera se sabía la inocencia o culpabilidad del acusado. No se está frente a un delito cometido simplemente aprovechándose del estado de su organización para generarlo, favorecerlo, cometerlo o encubrirlo, sino ante la configuración de un aparato organizado de poder al interior del Estado por funcionarios públicos, a partir del cual se desarrollaron planes criminales.[23]
Es inédito que un juez, en este caso, San Martín, consulte de manera tan detallada y específica a su colega Gonzalo del Río Labarthe sobre la posible acusación y sentencia del entonces procesado Fujimori. Y lo segundo es, ¿por qué un año antes de emitir la sentencia la comunicación entre ambos se refería a un Fujimori culpable?[24] ¿No se supone que un acusado se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario?
Ante la contundencia de los documentos, al vocal César San Martín no le quedó otra alternativa que reconocer que efectivamente sí recibió consejos por e-mail de abogados de la Universidad de Alicante (España) mientras el proceso a Fujimori aún se encontraba en estado embrionario.[25]
Sousa reveló un correo electrónico enviado a San Martín por el abogado Gonzalo del Río Labarthe con un análisis sobre la participación del ex mandatario en los casos Barrios Altos y La Cantuta, así como respecto de la figura jurídica de la “autoría mediata”, bajo la cual se le condenó un año después a la máxima pena.[26]
Según San Martín, “En el proceso de formación de una sentencia en casos complejos, para que el juez forme su opinión, se ve obligado a realizar una búsqueda de información, desde bibliotecas hasta consultas con colegas y juristas, para tener un conjunto muy amplio de posibilidades para elegir. Agregó que “siendo profesor universitario, conociendo autores y teniendo vínculos con universidades, es razonable que acuda a la fuente primaria preguntando temas dogmáticos de carácter general. Esto se hace comúnmente. ¿O es que no lo hace el Congreso?”, adujo el vocal. Sin embargo, las alusiones de los especialistas en esta caso no son genéricas sino muy precisas respecto a un caso en particular, además de que el Congreso no imparte justicia.[27]
San Martín terminó por aceptar que en aquellas comunicaciones se discutió la tesis de la “autoría mediata”, bajo la cual se condenó finalmente a Fujimori.
Cabe señalar que el abogado peruano Gonzalo del Río Labarthe, autor del polémico e-mail dirigido a César San Martín, fue ubicado por Correo pero se mostró iracundo al pedírsele su versión y terminó tirando el teléfono.
Los Considerandos del Tribunal presidido por Cesar San Martín:
En sus considerandos, el tribunal no respondió a la única cuestión central del proceso: ¿Fujimori dio la orden de realizar esas dos matanzas?
A falta de pruebas, la parte civil y el fiscal cambiaron la acusación en pleno proceso. Al principio, decían que Fujimori era el jefe del escuadrón de la muerte, del grupo llamado Colina (Colina es el nombre de un funcionario asesinado por SL), que realizó esos asesinatos y que él había dado la orden directa de esos crímenes. Como no pudieron probar esta alegación, entonces inventaron la tesis de que Fujimori es culpable porque él era el jefe de Estado.[28]
Basándose en una cadena de suposiciones, dijeron que él había transformado el Estado en una organización criminal con el fin de implementar una guerra sucia contra el terrorismo. Por lo tanto, siendo el inspirador de esa estrategia oculta de guerra sucia, él era el “autor indirecto” de esos asesinatos.[29]
Como nada prueba esa otra alegación (repito, es una simple alegación), los jueces hicieron una pirueta de gimnasia jurídica que tiene mucho de realismo mágico: Amontonaron hechos sin relación evidente, rasparon aquí y allá entre cerca de 500 documentos de índices vagos con el único objetivo de construir una culpabilidad que parece muy hipotética. Los jueces demostraron tener una maquiavélica imaginación literaria.[30]
Al final, consideraron que Fujimori es culpable por omisión, lo que quiere decir que sabiendo que esas matanzas se preparaban, él no hizo nada para impedirlas. ¿Y qué prueba hay de que él sabía? ¿El hecho de que en su calidad de jefe de las Fuerzas Armadas y de la Policía él debía saberlo? Los expertos jurídicos éticos e independientes tendrán la ultima palabra.[31]
Cabe destacar que, la hostilidad que mostraba el rostro del presidente del tribunal, César San Martín, lo traicionaba y dejaba ver que él saciaba una venganza personal contra el acusado. Esto no lo puede hacer un juez que debe mostrar en todo momento imparcialidad e independencia. En 1993, en el marco de una operación de depuración del aparato judicial peruano, corroído por la corrupción endémica, él había sido excluido de la magistratura.[32]
Críticos:
El ex vocal antiterrorista Marcos Ibazeta advirtió que este hecho es “muy grave” porque implicaría una direccionalidad que pone en tela de juicio la imparcialidad e independencia del juez Cesar San Martín. “No se trata de la figura del Amicus Curiae, que es un especialista que acude al juicio a dar su opinión, sino que se trataría de consultas directas sobre la teoría aplicable para establecer un nexo causal de culpabilidad, y eso lesiona el principio de imparcialidad”, comentó a Correo.[33]
Ibazeta señaló que este tipo de consultas a nivel de un magistrado supremo no es algo usual porque se trata de un caso judicial que recién comenzaba. “Preocupa porque es un indicio de que la sentencia estuviese direccionada de antemano”, manifestó. Finalmente, dijo que si una de las partes denuncia el hecho, éste podría llegar hasta el Tribunal Constitucional.[34]
En tanto, el ex miembro del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) Aníbal Torres expresó que las recomendaciones que habría recibido San Martín “dejan muchas dudas” sobre el proceder del tribunal, debido a que se basan en un tema específico (caso Fujimori). “Las doctrinas se pueden consultar, necesariamente se hace para entenderlas, pero en términos generales. Las consultas específicas no están bien porque los jueces deben actuar con independencia y autonomía”, declaró.[35]
“Del Río le dice a San Martín que la tesis de la Fiscalía en orden a la estructura vertical de la organización es fatal”, precisó el congresista, quien consideró “muy grave” que el abogado asesor también le remarque a un juez que “el tribunal no debe verificar una o varias órdenes” para establecer la “autoría mediata.”[36]
¿Dónde se ha visto que un juez consulte a un abogado para un caso específico? Esto es muy grave.
El Problema con Cesar San Martín:
Muchos expertos opinan que el ex presidente Fujimori ha sido sentenciado por un tribunal inapropiado ya que César San Martín fue echado del Poder Judicial por el gobierno de Fujimori., hecho que le obligaba éticamente a inhibirse de conocer el caso.[37]
Además la sentencia carece de pruebas, testimonios directos e indicios concurrentes. Se basa en una premisa política que sostiene que cuando ocurrieron los delitos imputados a Fujimori había una dictadura, lo cual es irreal, pues el Congreso Constituyente de 1993 (CCD), y el Tribunal Constitucional (en varias sentencias), han reconocido como legales los actos de gobierno realizados del 5 de abril de 1992 hasta enero del año siguiente, cuando se instaló el CCD.[38]

Como Presidente del Poder Judicial
La labor de Cesar San Martín como presidente del Poder Judicial, no estuvo exenta de denuncias de irregularidades, la más común es la de haber entregado precisamente la autonomía de este poder del estado a las ONG’s de tendencia caviar, que siempre salen a favor de los terroristas.[39]
Permitiendo, que estos organismos, que tienen y patrocinan juicios contra el Estado en el Poder Judicial, “capaciten” y les laven el cerebro a magistrados que tienen que resolver sus propios casos.[40]
Incluso, la Universidad Católica, donde también San Martín enseña, ha suscrito un convenio con el PJ para capacitar jueces, justo cuando las autoridades universitarias litigan contra la iglesia por los bienes de José de la Riva Agüero. ¿Tráfico de influencias? Cualquier jurista sensato puede concluir que se constituye esta figura, pero nadie se atreve a denunciarlo.[41]
Corrupción: Apoderado del Banco de Crédito:
Un ejemplo del blindaje del que goza San Martín Castro es el caso denunciado por el semanario Hildebrandt en sus Trece, que reveló que César San Martín aparecía en enero, en la Sunarp, como apoderado del Banco de Crédito (BCP), del Grupo Romero, lo cual implicaba que el presidente del Poder Judicial patrocinaba intereses de personas jurídicas que tienen a su vez juicios en este poder del Estado. Hubo dos resoluciones (del 2004 y 2005) de la Sala Penal Permanente que le dan la razón al BCP en un caso que procedía de la jurisdicción judicial de Piura y que llevan la firma de San Martín. Según los documentos, el magistrado falló a favor de una entidad de la cual era apoderado desde el 2003, lo que implicaría un conflicto de intereses.[42]
El grupo Romero se apresuró, ante la denuncia, a retirar el nombre de San Martín y días después, el magistrado negó ser empleado del banco en mención y atribuyó la aparición de su nombre a un error de la entidad financiera. En cualquier parte del mundo lo menos que se exigiría es una investigación del Congreso y la renuncia de San Martín. Sin embargo, nada de eso pasó. El CNM ignoró sus funciones, el Congreso prefirió barrer el tema debajo de la alfombra y la fiscalía ni siquiera se pronunció.[43]

Sentencias en base a odio: Caso Familia Chacón:
Según la Congresista Cecilia Chacón, el presidente del Poder Judicial envió al juzgado dos pedidos de 14 parlamentarios y un tercero en torno a la situación legal de la parlamentaria. San Martín justificó esta acción diciendo que recibió cartas del legislador Javier Diez Canseco, de 14 congresistas de Gana Perú y un pedido de ciudadanos de Cajamarca que le entregó el parlamentario Jorge Rimarachín.[44]
“El (Diez Canseco) pide información sobre la situación jurídica de Chacón, yo pido información a la Sala Penal de Lima y me dicen que en agosto del 2008 pidieron el levantamiento de inmunidad de arresto, que la Corte Suprema lo tramitó y le solicitó información al Congreso”, narró San Martín.[45]
“El miente”, dijo la parlamentaria Chacón para luego indicar: “San Martín no puede intervenir enviando documentos, pero sí puede pedir información al respecto de un congresista, como lo hizo con Javier Diez Canseco. Sin embargo, nadie, aunque sea parlamentario, puede solicitar datos específicos sobre una situación específica.”[46]
Lo que ha hecho San Martín es interferir en el caso. Presentar “la preocupación de los congresistas oficialistas” es una manera de decir a los magistrados “cuidado por cómo actúas, pues te están chequeando desde arriba”. Claro, este es también motivo de una acusación, de una investigación, pero, por supuesto, en el Perú todo pasará como en agua tibia, como si nada, para el juez San Martín.[47]
Mano Blanda con los Terroristas
Cesar San Martín autorizó el viaje de la emerretistas norteamericana Lori Berenson y el chileno Lautaro Mellado a fines del 2011, sin dar mayor explicación. El presidente de la Corte Suprema negó que haya “mano blanda”, y dijo que la ley ampara dichas autorizaciones y defendió los fueros del Poder Judicial. Pese al unánime rechazo generado, San Martín, justificó los permisos de viaje otorgados a estos personajes, quienes se trasladaron a sus países por las fiestas navideñas pese a estar cumpliendo sus respectivas condenas en el Perú. San Martín negó que exista una “mano blanda” con los subversivos, como denunció el presidente del Tribunal Constitucional, Carlos Mesía. “Aquí se trata de ser justo, de tener una mano justa. Ni blanda ni dura. Hacer justicia desde el ordenamiento jurídico”, manifestó. Además, el titular de la Corte Suprema dijo que le sorprende que el ministro de Justicia, Juan Jiménez, haya criticado esta decisión cuando hay antecedentes de permisos para extranjeros que purgan condena en Perú. “Este no es un tema nuevo. Ya se han dictado permisos (…) Pero en estos casos el Ministerio de Justicia, que tanto se lamenta, no interpuso ninguna apelación”, señaló.[48]
Aunque reconoció que tema del terrorismo es muy sensible en el país, dijo que las autorizaciones no están prohibidas por la ley, y que se dictaron sobre la base de uno de los principios fundamentales de la justicia: que el fin de la pena privativa de la libertad es la resocialización del interno.[49]
Finalmente, señaló que respeta la independencia de cada juez y la responsabilidad de sus decisiones, por lo que no aceptará un “cargamontón” contra los magistrados ni que se intente amilanarlos.[50]
Petición de facultades extraordinarias por Cesar San Martín  
El presidente del Poder Judicial, César San Martín, ha solicitado al Congreso facultades extraordinarias, para “enfrentar,” de manera excepcional, “el dramático estado de corrupción existente en ese poder del Estado.” Su iniciativa ha sido criticada de manera virulenta por su colega, el juez supremo Javier Villa Stein. Estas facultades extraordinarias le permitirían reemplazar temporalmente a jueces investigados por corrupción, El problema es que su propuesta de concentrar poderes para combatir la corrupción ignora uno de los principios en los que se funda el Estado de derecho: el poder absoluto no se le entrega a nadie. Cuando el poder está dividido, hay contrapesos para así evitar abusos. Habría que ser muy ingenuo para creer que esta institución se puede reformar encargándole a una sola persona el cambio de jueces. Una reforma real nunca puede depender de la existencia de un solo hombre.[51]
Los jueces de la Corte Superior de Justicia de Lima rechazaron enérgicamente la intención de César San Martín, de obtener facultades “extraordinarias” y mayor poder en la judicatura. La Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Lima indicó que dichas facultades constituirían un otorgamiento de poderes excesivo. “Expresar públicamente nuestra preocupación y rechazo a cualquier proyecto de ley que propone el otorgamiento de ‘facultades extraordinarias’ que pongan en riesgo la independencia de la judicatura, garantía constitucional de la administración de justicia que resulta ser el soporte del Estado de Derecho”, dijeron. Los jueces añadieron que los cambios propuestos no serían más que un modo de intervención y rechazaron cualquier intromisión interna o externa al Poder Judicial y a las cortes superiores de Justicia de la República. Asimismo, rechazaron las afirmaciones de San Martín con respecto a la existencia de “organizaciones delictivas y la actuación de redes de funcionamiento ilícito que llevan a las diferentes manifestaciones de corrupción sobre el Poder Judicial”. Por ello, manifestaron que esas expresiones “faltan el respeto y no sólo agravian a jueces y juezas, sino que además colocan en una situación deplorable a todos los magistrados.”[52] Lo que en realidad quiere San Martín, es sacar a todos los jueces y magistrados que no son de su agrado, y llenar el poder judicial de aliados para así evitar ser investigado o denunciado.
Ya es hora que este Juez sea investigado a profundidad pues en varios casos citados, ha violado el principio de independencia, concepto fundamental para cualquier juez que lleve un proceso legal, honesto y de acuerdo a ley. Si el Presidente del Poder Judicial actúa de esta forma, ¿qué puede esperar el ciudadano de pie acerca de la justicia en el Perú?



[1] UNMSM 2011 Biografía de Cesar Eugenio San Martín Castro. Consulta: 18 de Junio del 2011.
[2] UNMSM 2011 Biografía de Cesar Eugenio San Martín Castro. Consulta: 18 de Junio del 2011.
[3] ibid
[4] ibid
[5] CAPÍTULO V. EL SISTEMA PERUANO DE CONTROL DE LA ACTIVIDAD JUDICIAL. 26 de Octubre del 2011.
[6] Ibid.
[7] Ibid.
[8] Ibid.
[9] “César San Martín fue un asesor del fujimorismo.” Perú 21, Jueves 09 de abril del 2009.
[10] POLITICAMENTE INCORRECTO. Alberto Fujimori si califica para un indulto humanitario urgente Por Víctor Robles Sosa. 19 de junio de 2011.
[11] “César San Martín fue un asesor del fujimorismo.” Perú 21, Jueves 09 de abril del 2009.
[12] “San Martín beneficio a Terroristas.” Miércoles 28 de Diciembre del 2011. Perú 21.
[13] Ibid
[14] “San Martín beneficio a Terroristas.” Miércoles 28 de Diciembre del 2011. Perú 21.
[15] Ibid.
[16] Rolando Souza vs. San Martín. 2 de Diciembre del 2010. Perú Político.
[17] Juez San Martín admite e-mail y consultas. Diario Correo. 2 de Diciembre del 2010.
[18] Ibid.
[19] Ibid.
[20] Juez San Martín admite e-mail y consultas. Diario Correo. 2 de Diciembre del 2010.
[21] Ibid.
[22] Ibid.
[23] Ibid.
[24] Juez San Martín admite e-mail y consultas. Diario Correo. 2 de Diciembre del 2010.
[25] Ibid.
[26] Ibid.
[27] Ibid.
[28] Periodista Frances: Articulo publicado en France Presse (AFP). 7 de Abril del 2010. Jueces hicieron una pirueta de gimnasia jurídica que tiene mucho de realismo mágico. Ricardo Uztarroz.
[29] Ibid.
[30] Periodista Frances: Articulo publicado en France Presse (AFP). 7 de Abril del 2010. Jueces hicieron una pirueta de gimnasia jurídica que tiene mucho de realismo mágico. Ricardo Uztarroz
[31] Ibid.
[32] Ibid.
[33] Juez San Martín admite e-mail y consultas. Diario Correo. 2 de Diciembre del 2010.
[34] Ibid
[35] Ibid.
[36] Juez San Martín admite e-mail y consultas. Diario Correo. 2 de Diciembre del 2010.
[37] POLITICAMENTE INCORRECTO. Alberto Fujimori si califica para un indulto humanitario urgente Por Víctor Robles Sosa. 19 de junio de 2011.
[38] Ibid.
[39] Juez San Martín admite e-mail y consultas. Diario Correo. 2 de Diciembre del 2010.
[40] Juez San Martín admite e-mail y consultas. Diario Correo. 2 de Diciembre del 2010.
[41] Ibid.
[42] Investigan a César San Martín por fallo a favor de banco. 24 de abril del 2012. Peru 21.
[43] Ibid.
[44] Cecilia Chacón acusa a San Martín. 21 de Marzo del 2012. Perú 21.
[45] Ibid.
[46] Ibid.
[47] Ibid.
[48] San Martín justifica los permisos de viaje para terroristas. 22 de diciembre del 2011. Perú 21.
[49] Ibid.
[50] Ibid.
[51] ¿Quién vigila al vigilante? 3 de mayo de 2012. Diario El Comercio.
[52] Ibid.